INFORMACION BSH EZKIROTZ

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B/S/H/ EZKIROTZ

TIPOS DE CONTRATO EVENTUAL EN BSH EZKIROTZ:

Es objeto de la Sección Sindical de LAB BSH, informar a las personas con contrato eventual de cuáles son sus derechos y que dice la leyrespectoa las distintasmodalidadesde contratoseventualesque tenemosenestaempresa.

Aunque históricamente y en base a lo que recoge nuestro Convenio Colectivo se venían utilizando los Contratosde Obra y Servicio, hoy en día, básicamente, los contratoseventualesquese utilizan en BSH sondos: Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción y Contrato de Interinidad.

CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN:

Este contrato tiene como finalidad el atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.

• La duración máxima es de seis meses dentro de un período de doce meses.

• En caso de que el contrato eventualse concierte por un plazoinferiora la duración máxima establecida, podrá prorrogarse por acuerdo de las partes una sola vez, sin que

la duración total supere la duración máxima.

• Este contrato se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación:

o Por falta de forma escrita.

o Por falta de alta en la Seguridad Social si hubiera transcurrido un plazo igual o superior al período de prueba.

o Sillegado eltérmino,el trabajador continuara realizando la prestaciónlaboral.

Es decir, es un Contrato que se realiza para atender exigencias circunstanciales, acumulación de tareas o exceso de pedidos. Nunca podremos estar más de un año contratadoscon un máximo de una prórroga.

Si se efectúa más de una prórroga, o se está más de 1 año trabajando en BSH con este Contrato, éstos estarán en fraude y se convertirán, previa denuncia en Inspección por parte del Cté o de cualquier Sindicato o en los juzgados por parte del interesado/a,en indefinidos.

CONTRATO DE INTERINIDAD:

Este contrato tiene como objetivo sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, en virtud de norma, Convenio Colectivo o acuerdo individual, o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva, así como para sustituir a trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo.

•Este contrato estará vigente mientras subsista el derecho del trabajador sustituido a la reserva de puesto de trabajo o la del tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva del puesto

de trabajo, sin que en este último supuesto pueda ser superior a tres meses.

• Seextinguiráporlareincorporacióndel trabajadorsustituido;porelvencimientodel plazo legalo convencionalmente establecido para la incorporación; por la extinción de la causa que dió lugar a la reserva del puesto de trabajo.

• Se convierte en indefinido si una vez producida la causa prevista para la extinción del contrato no se hubiera producido denuncia expresa de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación laboral.

El contrato de interinidad deberá celebrarse ajornada completa excepto en los dos supuestos siguientes:

• Cuando el trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial.

• Cuando el contrato se realice para complementar la jornada reducida de los trabajadores que ejerciten los derechos reconocidos como reducción de jornada por cuidadode hijomenor de 12 años, familiardependiente o cualquier otra modalidad de reducción de jornada amparada por la ley.

Éstos son,agrandes rasgos,los fundamentos que regulan los dosContratos Eventuales que más se utilizanenBSH.

Es evidente que en estos momento las Producciones, los niveles de trabajo de BSH son muy altos y parece ser que las predicciones son muy buenas para el próximo año. Es por eso que desde la Sección Sindical de LAB criticamos por un lado, el ERE que supuso el Despido de muchos Compañeros/as y solicitamos que la empresa comience sin más dilación, la conversión a fijos de los Contratos de los Eventuales, uno por otro.

También queremos criticar, crítica que previsiblemente irá acompañada de una denuncia en inspección, el formato de Copias Básicas de los contratos que nos entrega la empresa. Copias básicas que no cumplen el mínimo exigido para poder desarrollar nuestra función de vigilancia sobre los contratos que se efectúan en BSH.

BSH tiene la obligación legal de dar a cada Persona una copia literal exacta de todos los Ctos. que firman, incluido prórrogas, y a la Representación Legal de la Plantilla también, (sin datos confidenciales).

5D; 5E; ANTIGÜEDAD; COMP. PERSONAL; SE DISCRIMINA SALARIALMENTE A LA PLANTILLA EVENTUAL

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